A partir del 1 de enero de 2026 entra en vigor una reforma importante de tráfico que refuerza la seguridad vial en ciudades y se enmarca en la estrategia Visión Cero, cuyo objetivo es reducir a cero las muertes y lesiones graves en carretera.
Seguro obligatorio y tipos de bicicletas
La DGT distingue entre bicicletas de pedaleo asistido (EPAC o pedelec) y las llamadas speed pedelecs.
- Las EPAC, con motor de hasta 250 W y asistencia solo hasta 25 km/h, seguirán considerándose bicicletas y no estarán obligadas a contratar seguro de responsabilidad civil.
- Las speed pedelecs, que pueden llegar hasta 45 km/h y tienen motores más potentes, deberán matricularse, registrarse en la DGT y contratar seguro obligatorio de responsabilidad civil a partir del 2 de enero de 2026.
Seguro para patinetes eléctricos y VMP
Se crea la figura de vehículo personal ligero dentro de la Ley de Seguros de Automóviles, en vigor desde julio de 2025.
Desde enero de 2026, la mayoría de patinetes eléctricos deberán contar con seguro de responsabilidad civil si cumplen estas condiciones técnicas:
- Ser vehículo a motor de una plaza.
- Superar los 6 km/h.
- No pasar de 25 km/h si pesan menos de 25 kg, o de 14 km/h si pesan más.
Hasta ahora solo algunos municipios exigían seguro; desde 2026 será obligatorio en toda España.

Certificado de homologación para VMP
Desde enero de 2024 solo se pueden vender patinetes eléctricos que tengan certificado de homologación, aunque los anteriores podrán circular hasta 2027.
Cada VMP debe ir acompañado de:
- Placa de marcaje remachada y visible con número de serie, marca, modelo, velocidad máxima, año de fabricación y número de certificado.
- Ficha reducida con características técnicas.
- Documento que acredita que es un VMP.
Cualquier modificación de potencia, elementos, dimensiones o velocidad invalida la documentación y hace ilegal su circulación.
Normas de circulación para patinetes
La DGT recuerda que un VMP es un vehículo de una o más ruedas, de una plaza, con motor eléctrico y velocidad de diseño entre 6 y 25 km/h.
- No pueden circular por aceras, zonas peatonales, travesías, autopistas, autovías, vías interurbanas ni túneles urbanos.
- Solo pueden usarse en calzadas autorizadas por ordenanzas municipales; si no hay norma local, en cualquier calzada urbana.
- Deben circular entre 6 y 25 km/h y sus conductores tienen las mismas tasas máximas de alcohol que el resto y no pueden conducir bajo efectos de drogas.
La DGT les otorga consideración jurídica de vehículo: queda prohibido el alcohol, los auriculares y la circulación por aceras, con límite máximo de 25 km/h.
❓ Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Las bicicletas eléctricas normales necesitan seguro desde 2026?
No, las EPAC (pedelec) con motor hasta 250W y asistencia hasta 25 km/h siguen siendo bicicletas y no requieren seguro.
¿Qué bicicletas eléctricas sí necesitan seguro?
Las speed pedelecs que alcanzan 45 km/h deben matricularse y tener seguro obligatorio de responsabilidad civil.
¿Todos los patinetes eléctricos necesitan seguro?
La mayoría que superen 6 km/h y cumplan condiciones técnicas específicas sí lo necesitarán desde enero 2026.
¿Qué pasa con los patinetes comprados antes de 2024?
Pueden seguir circulando hasta 2027 aunque no tengan certificado de homologación, pero deben cumplir normas de circulación.
¿Qué documentación debe tener un patinete nuevo?
Placa de marcaje visible, ficha técnica reducida y documento que acredite su categoría VMP.
¿Pueden circular patinetes por aceras?
No, está prohibido en aceras, zonas peatonales y vías interurbanas; solo en calzadas autorizadas.
¿Qué velocidad máxima tienen los patinetes?
Entre 6 y 25 km/h máximo por diseño.
¿Pueden usar auriculares los usuarios de patinetes?
No, está prohibido como para cualquier vehículo.
¿Qué alcohol se permite a conductores de VMP?
Las mismas tasas máximas que para coches; cero tolerancia práctica.
¿Qué pasa si modifico mi patinete eléctrico?
Cualquier modificación invalida la homologación y hace ilegal su circulación con posibles sanciones.


